Home Economía¿Qué sigue para la reforma pensional luego de que la Corte Constitucional devolviera algunos artículos al Congreso?

¿Qué sigue para la reforma pensional luego de que la Corte Constitucional devolviera algunos artículos al Congreso?

Este es el trámite legislativo que se debe adelantar y los plazos máximos que tiene en el Congreso.

by Proyectar AXM
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La reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro superó una parte clave de su revisión en la Corte Constitucional, pero todavía tendrá que volver a pasar por la Cámara de Representantes.

La decisión fue adoptada por la Sala Plena con una votación de siete votos contra uno, dentro del expediente D-15989. El tribunal estudió si la Cámara había corregido el vicio de procedimiento que había identificado previamente en el Auto 841 de 2025 y concluyó que, aunque la mayoría de las disposiciones podía mantenerse, algunas debían regresar al trámite legislativo.

Cámara tiene 30 días hábiles para subsanar la reforma pensional

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 Cámara de Representantes Foto: Cortesía

El siguiente paso está ahora en manos de la plenaria de la Cámara de Representantes. Según la decisión, tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles contados desde la notificación de la sentencia para adelantar el procedimiento de subsanación ordenado por la Corte Constitucional.
Los apartes que regresan al Congreso corresponden al inciso cuarto del artículo 11, el artículo 14, el literal k del artículo 19, el parágrafo transitorio del artículo 23, el artículo 36, el inciso segundo del artículo 63, el numeral quinto del artículo 84, el inciso primero del artículo 92 y el artículo 93. 

La Corte también ordenó tramitar una proposición para incluir un artículo nuevopresentada por la representante Jennifer Dalley Pedraza. En cada uno de los casos, la Cámara deberá realizar el trámite de las proposiciones que habían sido presentadas durante el proceso legislativo y que, según el tribunal, deben ser consideradas para subsanar el procedimiento.

La Corte estableció que, si para las disposiciones devueltas resulta necesario acudir al mecanismo de conciliación entre Senado y Cámara previsto en el artículo 161 de la Constitución, este deberá realizarse dentro de la presente legislatura.

¿Qué pasará después de que la Cámara tramite los artículos?

Una vez termine el plazo otorgado, el presidente de la Cámara de Representantes tendrá que rendir un informe a la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de la sentencia. Además, deberá enviar las respectivas actas de plenaria y los demás documentos que permitan verificar cómo se realizó el trámite de subsanación.
Con esa información, la Corte volverá a revisar las disposiciones que fueron devueltas. La decisión, por tanto, no constituye todavía el cierre definitivo del examen constitucional sobre esos apartes de la reforma.

Mientras tanto, la Corte declaró exequibles por los vicios de procedimiento analizados las demás disposiciones incluidas en su decisión. Sin embargo, fijó una fecha específica para su entrada en vigencia: el 1 de abril de 2027.

No pasa lo mismo con los artículos y apartes que fueron devueltos, pues su exequibilidad y vigencia quedaron expresamente condicionadas a que se cumpla el procedimiento de subsanación ordenado por el tribunal. Es decir, el Congreso tendrá que completar primero ese trámite antes de que pueda definirse su situación constitucional.

Reforma pensional seguirá bajo revisión hasta 2027

Por ahora la reforma pensional se encuentra en el limbo y no ha podido ser implementada.

Reforma pensional. Foto: Imagen de ChatGPT

La Corte también extendió hasta el 1 de abril de 2027 la suspensión de los términos de los procesos que estén en curso o que lleguen a presentarse ante el tribunal mediante demandas contra la Ley 2381 de 2024.
De esta manera, la Cámara deberá corregir el trámite de las disposiciones señaladas, eventualmente adelantar una conciliación con el Senado, enviar la documentación correspondiente y esperar un nuevo pronunciamiento de la Corte sobre esos apartes.
El resultado también establece un horizonte temporal para la reforma. Las disposiciones que fueron declaradas exequibles comenzarán a regir el 1 de abril de 2027, mientras que los apartes devueltos permanecerán sujetos al resultado del proceso de subsanación.
Así, aunque la Corte avaló la mayor parte de la reforma pensional frente a los vicios de procedimiento estudiados, el Congreso todavía tiene una tarea pendiente.
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